Baremo Oposiciones Maestros
1.1 Por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo al que opta el aspirante, en centros públicos:
1.2 Por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos cuerpos al que opta el aspirante en centros públicos:
1.3 Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros:
1.4 Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros:
2.1 Expediente académico en el título alegado
2.2.1 Por el Certificado-Diploma acreditativo de Estudios Avanzados (Real Decreto 778/1998, de 30 de abril), el Título Oficial de Máster
2.2.2 Por poseer el título de Doctor
2.2.3 Por haber obtenido premio extraordinario en el doctorado
2.3.1 Titulaciones de primer ciclo:
2.3.2 Titulaciones de segundo ciclo:
2.4.a Por cada Título Profesional de Música o Danza
2.4.b Por cada Certificado de nivel avanzado (B2/C1/C2) O equivalente de Escuelas Oficiales de Idiomas.
2.4.c Por cada Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño.
2.4.d Por cada Título de Técnico Superior de Formación Profesional.
2.4.e Por cada Título de Técnico Deportivo Superior.
3.1.1 Por publicaciones de carácter didáctico o científico sobre las disciplinas de la especialidad correspondiente a la que se opte, o relacionados con la organización escolar, con las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, la psicopedagogía y la sociología de la educación, temas transversales, salud laboral y prevención de riesgos laborales
3.1.2 Otras publicaciones no relacionadas con la especialidad.
3.2.1.a Curso no inferior a 3 créditos (30 horas)
3.2.1.b Curso no inferior a 10 créditos (100 horas)
3.2.2.a Por cada 10 horas de impartición cursos
3.2.2.b Por cada 10 horas de coordinación de grupos de trabajo y/o tutoría telemática
3.3.1.a Por cada diploma o certificado que acredite, al menos, el nivel B2 conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, recogido en el Decreto 43/2015, de 27 de marzo, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se crea la comisión de reconocimiento de niveles de competencia en lenguas extranjeras.
3.3.1.b Por cada diploma o certificado que acredite, al menos, el nivel C1 conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, recogido en el Decreto 43/2015, de 27 de marzo, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se crea la comisión de reconocimiento de niveles de competencia en lenguas extranjeras.
3.3.2 Por la acreditación del nivel B2 de conocimiento de lengua de signos española conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas
3.4.1.a Por tener la calificación de “Deportista de Alto Nivel” según el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio (BOE del 25) o tener la calificación de “Deportista de Alto Rendimiento Regional”, según Ley 2/2000, de 12 de julio, del Deporte en la Región de Murcia.
3.4.1.b Por participar en programas de deporte escolar organizados por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas
3.4.2 Por cada año de lectorado o auxiliar de conversación en otros países
3.4.3.a Por composiciones estrenadas, conciertos como solistas, obra literaria publicada, direcciones coreográficas, montajes teatrales estrenados, interpretaciones escénicas estrenadas, escenografías yo figurines de obras estrenadas.
3.4.3.b Por premios en exposiciones, festivales o en concursos de ámbito nacional e internacional.
3.5 Premio extraordinario o Mención de honor en el título alegado para ingreso en el Cuerpo.
3.6 Premio Nacional de Fin de carrera de Educación Universitaria en el título alegado para ingreso en el Cuerpo.
Puntuacion Total:
0